ARTÍCULO 1º: El presente Reglamento Municipal regula la estructura
y organización interna de la Municipalidad de Punta
Arenas, así como las funciones generales y específicas asignadas a las distintas
unidades cada unidad y la necesaria coordinación entre ellas.
ARTÍCULO 2º: La Municipalidad como corporación autónoma de derecho
público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, está constituida por
el Alcalde, quien es su máxima autoridad y por el Concejo, a los que le corresponden
las obligaciones y atribuciones que determinala Ley Orgánica y para su funcionamiento dispondrá
de las unidades que se definen en este Reglamento.
ARTICULO 3º: El Alcalde en su calidad de máxima autoridad de
la Municipalidad
ejerce su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.
TITULO II
DE LA ESTRUCTURA
ARTICULO 4º: La estructura de la Municipalidad de Punta
Arenas, se conformará con las siguientes Direcciones, las que dependerán directamente
del Alcalde.
1.ALCALDIA
2.ADMINISTRACION MUNICIPAL
3.SECRETARÍA MUNICIPAL
4.SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
5.CONTROL
6.ASESORÍA JURÍDICA
7.OBRAS MUNICIPALES
8.ASEO, ORNATO Y CONTROL DECONTRATOS
9.TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO
10.ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
11.OPERACIONES
12.DESARROLLO COMUNITARIO
13.DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
14.SERVICIOS TRASPASADOS
15.INSPECCIONES
16.DIRECCION DE PROTECCION CIVIL
17.RECURSOS HUMANOS
ARTICULO 5º :Integran además las estructura Municipal el Primer
y el Segundo Juzgado de Policía Local, cuya organización y atribuciones se
regulan principalmente en la
Ley Nr. 15231 y por todas las leyes especiales que determinen
competencia para dichos tribunales.
Estos juzgados dependen administrativamente de la Municipalidady técnica y disciplinariamente de la Corte de Apelaciones de la
región.
ARTICULO 6º: Las Direcciones Municipales se integrarán con
Departamentos, Secciones u Oficinas.
TITULO III
DE LAS UNIDADES MUNICIPALES
OBJETIVOS Y FUNCIONES
CAPITULO I
ALCALDÍA
ARTÍCULO 7º: Depende directamente del Alcaldey tiene la siguiente función general:
1.Establecer y mantener una positiva imagen del municipio y facilitar
la comunicación e interacción de la comunidad, los Servicios Públicos, Empresas
Privadas y demás unidades internas, estableciendo los mecanismos de seguimiento
y evaluación de las acciones e iniciativas desarrolladas con un sistema de
organización y planeación enfocado a un alto desempeño en áreas de imagen,
comunicación, protocolo, cultura, eventos comunales y secretaría ejecutiva
del Alcalde.
ARTICULO 8º: Tiene además las siguientes funciones específicas:
1.COMUNICACIONES
1.1.Definir las políticas comunicacionales del
municipio, procesando y difundiendo la información de las actividades, su
publicación, edición, registro y archivo cronológico, por medios audiovisuales
y escritos, de todas las materias del quehacer municipal, incluyendo Gabinete
del Alcalde, Concejo, Direcciones Municipales y Servicios Traspasados.
1.2.Mantener un archivo de prensa
y de las publicaciones de interés municipal.
2.SECRETARIA DE ALCALDIA
2.1.Despachar internamente
las materias administrativas, de correspondencia del Gabinete, de protocolo,
de relaciones públicas y de relaciones con las organizaciones de la comuna
en general.
2.2.Coordinar el trabajo en terreno del Alcalde
y efectuar seguimiento de los compromisos y de las acciones derivadas de ese
trabajo.
2.3.Seguir y controlar el cumplimiento de las
instrucciones emanadas del Alcalde.
2.4.Confeccionar la agenda,programar y coordinar las actividades del Alcalde.
2.5.
Recopilar información de la Alcaldía para su
difusión, incluyendo la necesaria para las cuentas públicas que sea imperativo
realizar o para aquellas que el Alcalde determine.
2.6. Preparar
documentación para conocimiento y resolución del alcalde.
2.7.Organizar y dirigir el protocolo en ceremonias
y eventos especiales de la Municipalidad.
2.8. Solicitar
información de interés general a todas las dependencias municipales e instituciones
públicas, con el objeto de manejar los antecedentes suficientes para informar
al público.
3.EVENTOS
MUNICIPALES Y EVENTOS PUBLICOS
3.1.Planificar, coordinar y organizar todos los
eventos públicos municipales o con participación de la Municipalidad.
3.2.Desarrollar
y formular proyectos que tengan relación con las materias señaladas precedentemente.
4.GESTION CULTURAL
4.1.Coordinar, organizar, desarrollar y difundir
las actividades culturales de la Municipalidad o patrocinadas por ésta.
4.2.Desarrollar y formular proyectos que tengan relación con las materias
señaladas precedentemente.
4.3. Administrar los recintos de difusión cultural a cargo del Municipio.
5. Llevarestadísticasactualizadasdetodaslasmateriasdesu
competencia e informarlasperiódicamentea laSECPLAN
6.Otras funciones que le asigne
el Alcalde, de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas
que la Ley asigna
a otras unidades
CAPITULO II
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ARTICULO 9º: El Administrador Municipaltiene
las siguientes funciones generales:
1.Colaborar directamente
con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas
las Unidades municipales y servicios traspasados a su gestión.
2.Elaboración y
seguimiento del plan anual de acción municipal.
3.Elaborar y controlar
la ejecución de los planes y programas de prevención de riesgos.
4.Administrar el
sistema informático municipal.
5.Administración del servicio
de transporte que comprende la flota de vehículos livianos del municipio,
sean éstos propios o arrendados.
ARTICULO 10º: El Administrador Municipal
tiene además las siguientes funciones específicas
1.Programar, ejecutar
y controlar los programas, proyectos y acciones que el Alcalde le encomiende
directamente.
2.Realizar labores
de coordinación de comisiones y comités de trabajo.
3.Asesorar y colaborar
con el Alcalde y unidades municipales en todas las materias relacionadas con
el cumplimiento del Reglamento de orden, higiene y seguridad en el trabajo.
4. Asegurar la provisión de la ropa de trabajo
y de los elementos de protección al personal municipal y controlar su correcto
uso.
5. Estudiar y proponerproyectos o programas en materia de prevención
de riesgos y enfermedades profesionales.
6.Conocer,
informar y registrar las denuncias de accidentes en el trabajo.
7.Proponer
y elaborar instrucciones, reglamentos, manuales de organización, de procedimientos
y descripción de cargos.
8. Velar por el cumplimiento de las funciones
establecidas en el Reglamento de Estructura yproponer los cambios que requiera.
9. Llevar
estadísticas actualizadas de todas las materias de su competencia e informarlas
periódicamente a la SECPLAN.
10. Otras funciones que le asigne el Alcalde, de conformidad con la legislación
vigente y que nosea de aquellas que
la Ley asigna a otras unidades.
Para el cumplimiento de sus funciones la administración Municipal
contará con el siguiente Departamento:
A)Departamento de Informática:
1.Implementar material y técnicamente a las Unidades Municipales
en el ámbito
informático.
2.Velarporel funcionamiento, seguridad,confiabilidadyconfidencialidaddelossistemas computacionales y de la información
contenida en las bases de datos.
CAPITULO III
SECRETARIA MUNICIPAL
ARTICULO 11º: La
Secretaría Municipal estará a cargo de un Secretario Municipal,
que tiene como funciones generales las siguientes:
1.Dirigir
las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo
2. Desempeñarse
como Ministro de Fé en todas las actuaciones municipales y demás quedetermine la ley.
3.Recibir, mantener y tramitar
cuando corresponda la declaración de intereses establecida en la Ley 18.575.
ARTICULO 12º: La Secretaría Municipal deberá cumplir además
las siguientes funciones específicas:
1.Asistir y tomar acta de las Sesiones Ordinarias, extraordinarias
y reuniones de Comisión del Concejo, y del Consejo Económico y Social Comunal.
2.Refrendar,transcribir
y comunicar las resoluciones del Alcalde, los acuerdos del Concejo, Comitésy los del Consejo Económico y Social Comunal, manteniendo un archivo
de éstos.
3.Certificar las deudas por concepto de patentes, derechos y
tasas municipales para efectos de su cobro judicial, como también deudas incobrables
para que se castiguen de acuerdo al art. 67 del D.L. 3.063.
4.Certificar el plazo para que la Municipalidad apruebe
transferencias de concesiones para construir y explotar el subsuelo.
5.Certificar el vencimiento de los plazos legales para que el
Alcalde se pronuncie respecto de los reclamos de ilegalidad.
6.Certificar el depósito del acta constitutiva de las organizaciones
comunitarias, en conformidad a la ley.
7.Certificar las demás actuaciones municipales que establezca
la ley cuando le sean solicitadas.
8.Confeccionar los Decretos Alcaldicios, Circularesy resoluciones y otros que le solicite el Alcalde.
9.Cumplir las funciones que le asigna la Ley 19.418 sobre juntas de vecinos
y demás organizaciones comunitarias.
10.Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación
de toda la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad.
11.Entregar al Alcalde los antecedentes necesarios de materias
que deba informar al Concejo.
12.Preparar los antecedentes de los temas de la Tabla que se tratará en las
sesiones del Concejo.
13.Llevar y mantener al día los Libros de Actas de las sesiones
del Concejo, insertando los documentos que éste determine.
14.Redactar y despachar las citaciones o invitaciones a funcionarios
municipales o a personas ajenas al Municipio, que determine el Concejo.
15.Redactar y despachar los oficios por los cuales se soliciten
informes o asesorías que el Concejo estime necesario.
16.Recibir, registrar y archivar, según corresponda, la documentación
que reciba el Concejo, como también despachar la correspondencia que emane
del mismo.
17.Realizar los trámites necesarios para la constitución del Consejo
Económico y Social Comunal y otorgarle apoyo administrativo.
18.Actuar como Ministro de Fé para los efectos establecidos en
el Art. 177 inciso 2do del Código del Trabajo.
19.Mantener informado a los Concejales de las actividades municipales
en las cuales deban participar.
20.Cumplir con todas las funciones encomendadas en virtud de la Ley 19.537.
21.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
22.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
a la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras
unidades.
CAPITULO IV
SECRETARIA
COMUNAL DE PLANIFICACION
ARTICULO 13º: La Secretaría Comunal de Planificación tendrá
las siguientes funciones generales:
1.Servir de secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo
en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas,
planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
2.Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del
Plan Comunal de desarrollo y del presupuesto municipal.
3.Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos,
inversiones y el presupuestoe informar
sobre estas materias alConcejo, a
lo menos semestralmente.
4.Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación
de desarrollo de la Comuna,
con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
5.Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda,
para los
llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad
con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipalrespectivo.
6.Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios
públicos y con el sector privado de la Comuna, en aquellas materias atinentes
al PLADECO.
Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
ARTICULO 14º: La Secretaría Comunal de Planificación tendrá
las siguientes funciones específicas:
1.Mantener actualizado el Plan de Desarrollo Comunal y proponer
las modificaciones necesarias a los planes, programas y estrategias.
2.Controlar la ejecución presupuestaria de los programas municipales.
3.Preparar informes semestrales
al Alcalde y Concejo sobre el estado del PLADECO y Presupuesto Municipal,
entregando asesoría respecto de estos dos instrumentos.
4.Elaborar y proponer el PLADECO
y el presupuesto municipal en los plazos establecidos en laLey,requiriendo de las Unidades
Municipales y específicamente de Administración y Finanzas toda la información.
5.Recopilar y preparar los
antecedentes necesarios para la Cuenta Pública.
6.Realizar estudios, preparar
y formular proyectos de interés comunal.
7.Manteneractualizada la información estadística de la
Comuna y de la Municipalidad, proporcionando la información necesariaa las Unidades Municipales.
8.Ingresar y mantener al Sistema
de Estadísticas Básicas de Inversión los proyectos, programas, estudios, de
acuerdo a los procedimientos establecidos por Mideplan o del organismo que
corresponda.
9.Mantener informado a las
Unidades Municipales respecto de las fechas de postulación, fuentes de financiamiento.
10.Llevar un registro de los
proyectos de inversión comunal en ejecución y por ejecutarse, recopilando
la información desde las Unidades Municipales yservicios públicos.
11.Informar al Alcalde y a las
Unidades Municipales de aquellos proyectos que obtengan financiamiento.
12.Coordinar y colaborar conla CorporaciónMunicipal en la presentación de proyectos de
inversión.
13.Preparar en diciembre de
cada año, la programación de licitaciones del año siguiente entregando esta
información a las Unidades Municipales involucradas.
14.Proponer sistemas de concesiones
para bienes y/o servicios municipales.
15.Colaborar a la Asesoría Jurídica
en la elaboración de los mandatos de ejecución de Obras y llevar un registro
de éstos.
16.Realizar otras funciones
que le asigne el Alcalde de conformidad con la legislación vigente y que no
sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.
ARTICULO15º: Adscrito
a esta unidad existirá el Asesor Urbanista, quien tendrá las siguientes funciones:
1.Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo
urbano.
2.Estudiar y elaborar el plan
regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones
que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación.
3.Informar técnicamente las
proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al Municipio
por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
El Asesor Urbanista tendrá las siguientes funciones específicas:
1.Coordinar, fomentar y mantener
relación con todos aquellos organismos públicos y privados en materias de
desarrollo y planificación urbana y territorial.
2.Recopilarymantenerlainformación comunalyregionalatinentea sus funciones.
3.Preparar ordenanzas especiales para normar aquellos aspectos
que dicen relación con el espacio público, ya sea urbano o rural.
4.Estudiar proyectos de construcciones específicos que ocupen
espacios en la vía pública, procurando la conservación y armonía arquitectónica
de la Comuna.
5.Asesorar a las unidades municipales, en materias de Instrumentos
de Planificación y Ordenamiento Territorial.
6.Proponer a la Dirección medidas relacionadas con la vialidad
urbana.
7.Proponer y elaborar las bases de datos comunales necesarias
para el adecuado desempeño de las funciones propias.
8.Certificar las
materias de su competencia.
9.Realizar las funciones que el Director le
encomiende.
CAPITULO V
DIRECCION DE CONTROL
ARTICULO 16º: La Dirección de Control tiene las siguientes
funciones generales:
1.Realizar
la auditoria operativa interna del Municipio con el objeto de fiscalizar la
legalidad de su actuación.
2.Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
3.Representar al Alcalde los actos municipales cuando los estime
ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objetotendrá acceso a toda la documentación disponible.
4.Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de
sus funciones fiscalizadoras.
5.Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoria
externa que aquél puede requerir en virtud de la Ley 18.695.
ARTICULO 17º: La Dirección de Control tendrá además, las siguientes
funciones específicas:
1. Evaluar
dentro de sus atribuciones legales el funcionamiento administrativo del Municipio
y proponer el mejoramiento de su organización o métodos cuando corresponda.
2.Estudiar
y proponer el uso de nuevas técnicas operativas yadministrativas.
3. Analizar
las instrucciones, reglamentos, manuales de organización y procedimientos,
recomendando cuando proceda su elaboración o actualización.
4.Asesorar en la puesta en marcha de cualquier nueva función o procedimiento
que se establezca.
5.Prestar asesoría al Alcalde y servir de órgano de consulta para el
resto de las unidades municipales en lo relativo a sus funciones.
6. Conocer todo acto municipal que
tenga contenido patrimonial.
7. Supervisar periódicamente los registros e inventarios de
los bienes físicos municipales.
8.Controlar el cumplimiento
y recomendar la actualización de los convenios y contratos que comprometan
la responsabilidad y/o bienes municipales.
9.Verificar el cumplimiento
de los programas y el destino de las inversiones municipales.
10.Auditar los informes
y estados financieros que la Municipalidad presente interna o externamente
con relación a su exactitud, oportunidad, veracidad y utilidad.
11.Verificar el destino
de los fondos entregados mediante subvenciones municipales.
13.Efectuar y proponer
los manuales de procedimientos y auditorias por propia iniciativa o aquéllas
que el alcalde señale.
14.Fiscalizar a las
Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones Municipales, respecto del uso y
destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la información que requiera
para tal efecto.
15.Efectuar controles
permanentes y sistemáticos a las unidades operativas y administrativas.
16.Realizar exámenes
oportunos a las operaciones económicas y financieras procediendo a representar
situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la legalidad vigente, y otros
que disponga la Dirección.
17.Llevar estadísticas
actualizadas de todas las materias de su competenciae informarlas periódicamente a la SECPLAN.
18.Cumplir con lasdemásfuncionesquelaley,elAlcaldeoelConcejo le encomienden, dentro del ámbito de su competencia.
CAPITULO VI
ASESORÍA JURÍDICA
ARTICULO
18º: La Dirección de Asesoría Jurídica es una unidad que depende directamente
del Alcalde tendrá las siguientes funciones generales:
1.Prestar apoyo en materias legales al Alcalde y al Concejo.
2.Informar en derecho todos los asuntos legales que las distintas
unidades municipales le planteen.
3.Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del Alcalde en
todos aquellos juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés.
4.Efectuar, cuando lo ordene el Alcalde, las investigaciones,
sumarios administrativos y supervigilar esta función cuando sea realizada
por funcionarios de otra Unidad.
5.Orientar periódicamente a las unidades municipales y comisiones
de trabajo respecto de las disposiciones legales y reglamentarias.
6.Formar y mantener al día
los títulos de los bienes raíces municipales.
7.Prestar asesoría o defensa
de la comunidad cuando sea procedente y elAlcalde así lo determine.
ARTICULO 19º: La Dirección de Asesoría Jurídica tendrá las
siguientes funciones específicas:
1.Informar en derecho los reclamos de ilegalidad que se presentan
al Alcalde.
2.Informar y recomendar las transacciones para precaver litigios
eventuales o dar término a pleitos pendientes en contra de la Municipalidad.
3.Efectuar la cobranzajudicial
de impuestos, derechos, concesiones, arriendos y demás cuando proceda.
4.Informar al Alcalde las deficiencias jurídicas que observe
en materias municipales y proponer alternativas de solución.
5.Realizar las gestiones necesarias para las expropiaciones que
corresponda efectuar al Municipio.
6.Elaborar y/o revisartodos
loscontratos, convenios y mandatos
que suscriba el Municipio.
7.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
8.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad con
la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras
unidades.
CAPITULO VII
DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
ARTICULO
20º: La Dirección de Obras Municipales tendrá las siguientes funciones generales:
1.Velar por el cumplimiento de las disposiciones de La Ley General
de Urbanismo y Construcciones, Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas
correspondientes.
2.Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento
de las disposiciones legales y técnicas que las rijan, en coordinación con
la Dirección de Inspecciones.
3.Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción
y urbanización.
4.Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras
de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
5.Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
6.Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal,
ejecutadas directamente por el Municipio, y supervigilar estas construcciones
cuando se contraten con terceros.
7.En general, aplicar las normas legales sobre construcción y
urbanización en lacomuna.
ARTICULO 21º: La Dirección de Obras Municipales, tendrá las
siguientes funciones específicas:
1.Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales,
y conjuntos armónicos.
2.Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de
construcciónque se efectúen en la
Comuna.
3.Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas
en el número anterior.
4.Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de
su recepción, y
recibir las obras ya citadas y autorizar su uso.
5.Coordinar y mantener relación con todos aquellos organismos
públicos y privados en materias de urbanismo y construcción.
6.Integrar la Comisión que tiene a su cargo, proponer la asignación
de nombres a nuevas vías, conjuntos habitacionales y espacios públicos.
7.Asesorar al Alcalde y al Concejo en la priorización de obras
de pavimentación de aceras y calzadas de la Comuna.
8.Elaborar y mantener actualizado el catastro de las edificaciones
patrimoniales de la Comuna.
9.Velar por la conservación del patrimonio arquitectónico de
la Comuna.
10.Otorgar, controlar y fiscalizar los permisos de ocupación de
Bien Nacional de Uso Público en coordinación con otras unidades municipales.
11.Elaborar las bases técnicas de las propuestas para la contratación
de obras, en materias de su competencia.
12.Asesorar en la definición de las especificaciones técnicas
y/o proyectos a las unidades correspondiente, cuando se trate de obras menores.
13.Otorgar los certificados de líneas, de números, afecto a utilidad
pública, informes previos, permisos para publicidad y propaganda, y otros.
14.Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias,
denunciar las infracciones al Juzgado de Policía Local y solicitar clausuras,
cierres o demoliciones cuando proceda.
22. Diseñar
proyectos de construcciones específicos que ocupen espacios en la vía pública,
procurando la conservación y armonía arquitectónica de la Comuna.
23.Llevar estadísticas actualizadas de todas
las materias de su competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
24.Realizar otras
funciones que le asigne el Alcalde de conformidad con la legislación vigente
y que no sea de aquellas que la
Ley asigna a otras unidades.
CAPITULO VIII
DIRECCION DE ASEO, ORNATOY CONTROL
DE CONTRATOS
ARTICULO 22º: La Dirección de Aseo, Ornato y Control de Contratos
tendrá las siguientes funciones generales:
1.Efectuar, directamente o
a través de terceros, el aseo de las vías públicas, plazas, parques, jardines,y en general, de los bienes nacionales de uso público de la Comuna
bajo la administración del Municipio.
2.Ejecutar directamente o través
de tercerosel servicio de recolección
debasura, el tratamiento y disposición
final de los desechos domiciliarios.
3.Planificar, construir, conservar y administrarlas áreas verdes de uso público de la Comuna.
4.Colaborar con la Dirección de Administración y Finanzas en el cálculo
del derecho de aseo domiciliario, deacuerdo
con la ley de rentas municipales y la ordenanza respectiva.
5.Velar por el cumplimiento
de las normas de la Ley
19300 (Decreto 1883/2005)
ARTICULO 23º: Tendrá como funciones específicas las siguientes:
1.Especificar y supervisar la construcción y mantención de las
áreas verdes en la comuna deacuerdo
al Plan de Desarrollo Comunal.
2.Estudiar y proponer proyectos de forestación de áreas verdes
de la comuna en conjunto con otras unidades municipales.
3.Velar por el cumplimiento de la Ordenanza de Aseo y Ornato
y demás normaslegales y reglamentarias
pertinentes.
4.Elaborar y evaluarplanes
de acción tendientes a optimizar los servicios de aseo y ornato en laComuna.
5.Llevar el catastro actualizado de las plazas y áreas verdes
de la comuna.
6.Supervisar, controlar y fiscalizar el cumplimiento de los contratos
que en materia de aseo y ornato mantiene el Municipio.
7.Emitir informes técnicos
relativos a materias de aseo y ornato.
8.Administrar el sistema de alumbrado
público de responsabilidad municipal.
9.Diseñar proyectos nuevos de
iluminación en espacios públicos para su ejecución.
10. Mantener actualizado el catastro de luminarias y similares existentes
en la comuna.
11. Asesorar en
materia de medio ambiente a los proyectos que desarrolle el Municipio.
12. Velar por el
cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con
materias medio ambientales
13.Diseñar, elaborar y ejecutar estudios y
proyectos sobre problemas sanitario-ambientes locales.
14. Coordinar acciones
en materias medio ambientales con otros servicios y reparticiones públicas
y privadas.
15. Informar al
Juez competente los incumplimientos de los planes de descontaminación, prevención,
emergenciao manejo ambiental referidos
en la Ley de
Bases Generales del Medio Ambiente, requiriendo la aplicación de sanciones.
16. Recibir y gestionar
denuncias por incumplimiento de normas ambientales e informarlas al organismo
fiscalizador y Ministerio correspondiente.
17. Actuar como
contra parte técnica de los estudios y declaraciones de impacto ambiental
que requieran pronunciamiento municipal ante la CONAMA.
18.Llevar
estadísticas actualizadas de todas las materias de su competencia einformarlas periódicamente a la SECPLAN.
19. Realizar
otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad con la legislación
vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras unidades.
CAPITULO IX
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÙBLICO
ARTICULO 24º: La Dirección de Tránsito y Transporte Público tiene
las siguientes funciones generales:
1.Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos
y permisos de circulación.
2.Determinar el sentido de circulación de vehículos en coordinación
con los organismos de la Administración del Estado competentes.
3.Señalizar adecuadamente las vías públicas.
4.En
general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público
en la comuna.
ARTICULO 25º: La Dirección de Tránsito y Transporte Público,
tendrá las siguientes funciones específicas:
1.Mantener adecuadamente señalizadas las vías
públicas para un correcto y efectivo uso de ellas.
2.Asesorar en materias de tránsito al ConcejoMunicipal cuando se le solicite.
3.Informar
a la Dirección de Obras en forma oportuna y confiable de todosaquellos antecedentes que sean necesarios para
la adecuada formación del catastro municipal.
4.Entregar informes técnicos y/o administrativos que solicitan
los Tribunales de Justicia y otras autoridades competentes.
5.Administrar el otorgamiento depermisos de circulación.
6.Otorgar, renovar, suspender y denegar licencias para conducir
vehículos e informar de estos antecedentes al Registro Nacional de Conductores.
7.Solicitar certificado de antecedentes para los postulantes
a conductores al Servicio de Registro Civil e Identificaciones.
8.Efectuar exámenes sicométricos, sensosicométricos, teóricos
y prácticos a los postulantes a obtener licencias de conducir.
9.Efectuar los cambios de domicilio y otorgar duplicados de licencias
de conducir cuando corresponda.
10.Confeccionar informes Técnico-Médico solicitados por los Tribunales
de Justicia u otras reparticiones competentes.
11.Mantener actualizado el archivo y registro de licencias de
conducir, e informar a los organismos competentes.
12.Proponer al Alcalde restricciones de estacionamientos de vehículos,
planes de semaforización, y toda otra actividad que afecte a la circulación
de vehículos y/o peatones.
13.Mantener actualizadas y velar por el cumplimiento de las Ordenanzas
Locales Comunales relativas a materias de Tránsito.
14.Informar al Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de
las licencias profesionales denegadas.
15.Mantener el registro de patentes y permisos de circulación;
el registro de sellos catalíticos, el registro municipal de carros y remolques;
el registro de los vehículos que utilizan como combustible GNC y el registro
de los vehículos fuera de circulación.
16.Controlar las revisiones técnicas de vehículos, el seguro automotriz
y el pago del impuesto fiscal al gas natural comprimido, cuando corresponda.
17.Efectuar los cambios de nombre de los permisos de circulación
en los registros respectivos.
18.Confeccionar los giros de ingresos municipales correspondientes
a materias de la Dirección.
19.Coordinar con los demás Departamentos o Direcciones Municipales
las acciones tendientes a la organización del proceso de permisos de circulación.
20.Estudiar y proponer alternativas de solución a los problemas
de tránsito relacionados con la gestión de vehículos, estacionamientos, señalización
vial y sentido de circulación, transito peatonal, zonas de detención y otros,
desarrollando técnicas de tránsito apropiadas para brindar seguridad vial.
21.Controlar el correcto funcionamiento de semáforos de la comuna.
22.Estudiar e informar a los organismos pertinentes sobre las
solicitudes de autorización de recorridos de locomoción colectiva, estacionamientos,
terminales y otros que puedan afectar la circulación de vehículos o peatones.
23.Informar sobre las materias relacionadas con el comercio en
las vías públicas, avisos publicitarios, instalaciones de kioskos u otras
actividades que puedan afectar la circulación de vehículos o peatones.
24.Informar al Ministerio de Salud de los conductores que han
expresado su voluntad de donar órganos.
25.Otorgar y renovar los permisos de circulación en consideración
con las normas de la ley de Rentas Municipales, de Tránsito y otras normativas
pertinentes.
26.Mantener actualizados los antecedentes de los permisos de circulación
de vehículos en relación con el Registro de Multas de Tránsito no pagadas.
27.Preparar y proponer modificaciones a la red vial básica.
28.Coordinar la ejecución de proyectos viales con la Dirección
de Obras e instituciones externas.
29.Realizar mediciones de flujos de tránsito en forma directa
o a través de terceros.
30.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competencia e
informarlas periódicamente a la SECPLAN.
31.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras
unidades.
32.Confeccionar, instalar y mantener las señalizaciones
verticales y adosadas, de nombres de calles y sentido de tránsito, de identificación
de las vías y espacios públicos, de información turística y todas aquellas
de competencia o interés municipal.
CAPITULOX
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ARTICULO 26º: La Dirección de Administración y Finanzas tiene
las siguientesfuncionesgenerales:
1.Asesorar al Alcalde en materias
de administración del personal de la Municipalidad.
2.Asesorar al Alcalde en la administración
de los bienes municipales.
3.Recaudar, pagar y rendir
los fondos recibidos en administración.
4.Provisionar bienes y servicios
a las dependencias municipales.
ARTICULO 27º: La Dirección de Administración y Finanzas tendrá
las siguientes funciones específicas:
1.Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier
tipo de ingresos municipales.
2.Visar los Decretos de Pago.
3.Llevar la Contabilidad municipal en conformidad con las normas
de la Contabilidad Nacional y con las instrucciones que la Contraloría General
de la República imparta al respecto.
4.Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas bancarias
respectivas y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
5.Recaudar y percibir los ingresos fiscales y municipales que
correspondan.
6.Realizar las inversiones de los saldos estacionales de caja.
7.Controlar la gestión financiera de las Empresas municipales
8.Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación
en la elaboración del Presupuesto de la Municipalidad.
9.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
10.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.
ARTICULO 28º: Las unidades dependientes de la Dirección de
Administración y Finanzas tendrán las siguientes funciones:
A)Departamento de Tesorería:
1.Recaudar, registrar y depositar los tributos, otros ingresos
municipales y los ingresos recibidos en administración.
2.Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas
y demás valores municipales.
3.Vender las especies valoradas municipales y otras que determine
la autoridad a los usuarios.
4.Efectuar la rendición mensual de la caja municipal, remitiendo
esta información al Departamento de Contabilidad y Presupuesto.
5.Actuar como martillero en los remates municipales.
6.Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía.
7.Efectuar la compra de las especies valoradas municipales a
la Casa de Moneda.
8.Administrar el sistema de cobranzas de impuestos y derechos
municipales morosos.
A.1)Sección Cobranzas:
1.Efectuar directamente o a través de terceros la cobranza administrativa
de Impuestos y derechos municipales morosos.
2.Celebrar convenios de pago por impuestos y derechos municipales
morosos.
3.Proponer la aplicación de planes o programas de cobranzas.
4.Mantener actualizada la cartera
de deudores.
6.Remitir las nóminas de deudores a la Dirección de Inspecciones
para su notificación.
7.Confeccionar la liquidación de los créditos municipales morosos
y remitirlos a la Secretaría Municipal para su certificación.
A.2)Sección Egresos:
1.Efectuar el pago de las obligaciones
municipales.
2.Efectuar el pago de los fondos
recibidos en administración.
B)Departamento de Rentas y Patentes
Municipales:
1.Estudiar, calcular,proponer
y regular la percepción de cualquier tipo de ingreso municipal.
2.Tramitar el otorgamiento de permisos municipales.
3.Mantener un registro actualizado de las concesiones municipales
por ocupaciones de vía pública.
4.Emitir los boletines de ingreso para el pago de derechos y
patentes municipales.
5.Mantener el registro actualizado de los derechos de aseo domiciliario.
6.Proponer la caducidad de
las concesiones en bienes de uso público.
7.Tramitar
las solicitudes de otorgamiento, traslado, transferencia, renovación,ycaducidad, según corresponda, de las patentes
municipales.
8.Mantener actualizado el registro de Patentes Municipales así
como el correspondiente a la propaganda de la comuna.
9.Efectuar el análisis contable de las declaraciones de capital
de los contribuyentes.
C)Departamento de Contabilidad y Presupuesto:
1.Llevar la Contabilidad Gubernamental de conformidad a las normas
legales vigentes.
2.Confeccionar los
decretos de pago y comprobantes de egresos municipales y de fondos recibidos
en administración.
3.Mantener actualizado
el valor del activo y pasivo de la municipalidad.
4.Manejarlascuentas
corrientesbancarias de conformidad
a las normas legales vigentes.
5.Mantener el registro y control de la documentación que de origen
a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad.
6.Presentarrendiciones
de cuentas alas entidades por fondos
recibidos en administración.
8.Preparar informes,
balances y estados de situación financiera municipal y de fondos de terceros.
9.Analizar la ejecución del presupuesto municipal y proponer
sus modificaciones.
10.Refrendar e imputar a los ítems presupuestarios que correspondan,
todo egreso municipal.
D)Departamento de Abastecimiento:
1.Preparar, ejecutar y controlar
el Plan Anual de Compras.
2. Confeccionar
las especificaciones técnicas para la adquisición de bienes a través de propuestas
públicas y privadas.
3.Elaborar y proponer normas específicas para
las adquisiciones en base a las disposiciones y programas aprobados.
4.Confeccionar las órdenes de compra para la
adquisición de materiales, bienes e insumos.
5. Efectuar permanentemente
análisis de los gastos, proponiendo medidas de eficiencia en el uso de los
mismos.
6.Recibir,
registrar, almacenar y distribuir los recursos materiales provenientes de
las adquisiciones.
7.Mantener actualizados los registros de existencia de insumos
en bodega.
8.Determinar estado máximo y mínimo de bienes en bodega para
el normal funcionamiento de las dependencias municipales.
9.Aplicar normas de seguridad para la conservación y control
de los materiales almacenados en
bodega.
10.Mantener actualizado los
registros de bienes de la Municipalidad y los
inventarios valoradospor los mismos,
como también de los bienes arrendados y encomodato,efectuando controles
periódicos de los bienes.
CAPITULO XI
DIRECCION DE OPERACIONES
ARTICULO 29º: La Dirección de Operaciones tiene las siguientes
funciones generales:
1.Realizar la acción operativa en terreno de la Municipalidad
para la ejecución de planes y programas institucionales.
2.Apoyar operativamente los requerimientos de la comunidad en
el ámbito del quehacer municipal.
3.Planificar, coordinar y controlar acciones para prevenir y
atender emergencias provenientes de desastres naturales u otros.
ARTICULO 30º: La Dirección de Operaciones tendrá las siguientes
funciones específicas:
1.Organizar, disponer y dirigir
el funcionamiento operativo de los camiones ymaquinaria pesadade la Municipalidad.
2.Programar, ejecutar y supervisar
las reparaciones y mantenciones de camiones y maquinaria pesada municipal.
3.Efectuar operativos especiales
con el objeto de dar solución a los requerimientos de la comunidad dentro
del ámbito municipal.
4.Apoyar logísticamente lasactividades y eventos especiales organizados por la Municipalidad.
5.Denunciar ante la Dirección
de Inspecciones las infracciones a las normaslegales o reglamentarias vigentes, en materias
de su competencia.
6.Elaborar y ejecutarplanes y programas de mantención de las vías públicas urbanas no pavimentadas
y caminos públicos de responsabilidad municipal.
7.Efectuar labores de mantención
y reparación del mobiliario urbano de la comuna, ya sea por cuenta propia
o a través de terceros, mediante programas periódicos de ejecución.
8.Proveer de los elementos
físicos necesarios que son de responsabilidad municipal para dar cumplimiento
a las obligaciones de la Ley de Elecciones.
9.Coordinar coninstituciones y organizaciones públicas y privadas la ejecución de
acciones en casos de emergencia.
10.Prepararlosantecedentestécnicosparalaslicitaciones municipales relacionadas con sus funciones.
11.Despejar las vías públicas
que presenten acumulación de nieve y escarcha.
12.Construir en forma directa
o a través de terceros módulos de emergencia conforme a las solicitudes que
emanen de la Dirección de Desarrollo Comunitario.
13.Planificar, ejecutar y controlar
programas de levantamiento de viviendas y de elaboración de bloques.
15.Controlar el funcionamiento
y mantención de los talleres mecánicos municipales.
16.Mantener el registro y custodia
de los vehículos ingresados al corral municipal.
17.Realizar el mantenimiento
preventivo y reparaciones de los edificios municipales y de aquellos recibidos
en comodato.
18.Llevar estadísticas actualizadas
de todas las materias de su competencia e informarlasperiódicamente a laSECPLAN.
19.Realizar otras funciones
que le asigne le Alcalde de conformidad con la legislación vigente y que no
sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.
CAPITULO XII
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO
ARTICULO 31º: La Dirección de Desarrollo
Comunitario tiene las siguientes funcionesgenerales:
1.Asesorar al Alcalde y al Concejo
en la promoción del desarrollo comunitario.
2.Prestar
asesoría técnica a las organizaciones comunitarias; fomentar su desarrollo
y legalización, y promover su efectiva participación en el Municipio.
3.Proponer y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a materializar
acciones relacionadas con asistencia social, salud pública, protección del
medioambiente, educación y cultura,
capacitación, deporte y recreación.
4.Proponer
y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres.
ARTICULO 32º: La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene las siguientes
funciones específicas:
1.Participar en la aplicación de planes, programas y proyectos
que sean de competencia de la unidad en las materias que deban desarrollarse
en coordinación con otras entidades públicas y privadas de la comuna.
2.Asesorar al Alcalde y al Concejo, y demás organismos que corresponda,
en materias de desarrollo comunitario y social.
3.Administrar y ejecutar los programas sociales y los proyectosderivados de éstos.
4.Detectar y evaluar necesidad de la comunidad y encauzar su
solución, a través de la proposición de políticas sociales.
5.Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitariosrespecto de materias que digan relación con los planes sociales del
Gobierno y del Municipio.
6.Administrar los programas de cobertura nacional, y, elaborar,
desarrollar y evaluar proyectos y acciones destinadas a satisfacer las necesidades
básicas que afectan a la población de menores recursos.
7.Coordinar el desarrollo de acciones sociales con otras unidades
municipales, con organismos del voluntariado e instituciones públicas y privadas.
8.Hacer difusión y orientar a la comunidad sobre los distintos
beneficios de carácter socialexistentes
y los requisitos exigidos para acceder a ellos.
9.Atender y auxiliar situaciones de emergencia o de necesidad
manifiesta que afecten a personas de la comuna, organizando y coordinando,
con la colaboración de las autoridades correspondientes, las labores de socorro
y auxilio que sean necesarias.
10.Administrar y ejecutar programas relacionados con estratificación
social en materias de: educación y atención parvularia, viviendas, operativos
de atención en terreno, erradicación de campamentos, pensiones asistenciales,
subsidios y otros que emanen de la autoridad.
11.Promover la organización, participación y desarrollo de los
dirigentes y pobladores de las unidades vecinales, de acuerdo a sus propios
intereses y necesidades.
12.Detectar las organizaciones comunitarias existentes en la comuna
y proceder a la tramitación de la personalidad jurídica, e incentivar la legalización
de las organizaciones que carecen de ella.
13.Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos municipales
en materias de adulto mayor y mujeres de escasos recursos.
14.Planificar y desarrollar programas para la participación y
realización de actividades deportivas y recreativas en la comuna.
15.Proveer asesoría técnico-deportiva a las distintas organizaciones
sociales y comunitarias de la comuna que así lo requieran.
16.Coordinar la participación de otras entidades públicas o privadas
para la realización de actividades deportivasen la comuna.
17.Mantener canales de información y comunicación que posibiliten
la participación de vecinos y de la comunidad en las actividades deportivas
y recreativas que se programen.
18.Administrar y resguardar los bienes y recursos que se utilicen
en las actividades propias de la Dirección.
19.Promover la participación de la comunidad en materias medio
ambientales y su difusión en la comuna.
20.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competenciae informarlas periódicamente
a la SECPLAN.
21.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras
unidades.
CAPITULO XIII
DIRECCIÓN
DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
ARTÍCULO 33º: La Dirección de Desarrollo Económico Local tiene las siguientes
funciones generales:
1. Proponer
y ejecutar lineamientos tendientes a promover y materializar acciones relacionadas
con el Fomento Productivo Local, Promoción Turística y del Empleo en la comuna
de Punta Arenas.
2. Administrar,
planificar, ejecutar y controlar las actividades propias de organismo técnico
de capacitación.
ARTICULO
34º: Tiene las siguientes funciones específicas:
1.
Asesorar y apoyar técnicamente las iniciativas
de proyectos de fomento Productivo impulsadas por personas o agentes económicos
de la comuna.
2. Mantener un registro de las actividades y empresas económicas existentes
en la comuna.
3.Promover la capacitación laboral en las empresas de la comuna.
4.Formalizar y potenciar alianzas estratégicas
entre el sector público, privado u otro para fomentar el desarrollo turístico.
5. Desarrollar acciones de promoción y difusión turística de nuestra comuna.
6.Ejecutar programas de generación de empleo
del Gobierno o en conjunto con otra entidad pública.
7.
Intermediar laboralmente con el sector privado
la inserción laboral de los desocupados inscritos en la O.M.I.L.
8.
Llevar catastro actualizado de los cursos ejecutados, beneficios otorgados,
relatores y todo lo concerniente a la
OTEC por ley.
9.Cumplir
con las funciones de orientación ocupacional establecida en el Art. 4º de
la Ley Nº 19.518.
10. Mantener
la inscripción y un Registro Comunal de Cesantes y administrar el trámite
de Subsidio de Cesantía, tantola intermediación
con las instituciones que entreguen Subsidio de Cesantía.
11. En
general dar cumplimiento a lo establecido en el Manual de Procedimientos de
la OMIL, implementados por el Sence.
12. Llevar
estadísticas actualizadas de todas las materias de su competenciae informarlas periódicamente a la SECPLAN
13. Realizar otras funciones que le asigne el
Alcalde de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas
que la ley asigna a otras unidades.
CAPITULO XIV
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TRASPASADOS
ARTÍCULO
35º:LaDireccióndeServicios
Traspasados tendrá las siguientes funciones:
1.Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas
relativas a Salud, Educación y demás servicios incorporados a su gestión.
2.Formular proposiciones con relación a los aportes o subvenciones
a la Corporación de Educación, Salud y Atención al Menor de Punta Arenas,
con cargo al Presupuesto Municipal.
3.Proponer mecanismos que permitan contribuir al mejoramiento
de la gestión de la Corporación de Educación, Salud y Atención al Menor, en
las áreas de su competencia.
4.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su
competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
5.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras
unidades.
CAPITULO XVI
DIRECCION
DE INSPECCIONES
ARTICULO
36º: La Dirección de Inspecciones tiene la siguiente función general:
1.Controlar y fiscalizar el cumplimiento por
parte de la comunidad de las Ordenanzas Municipales de la Comuna y de las disposiciones
legales de competencia municipal.
ARTICULO 37º: Tendrá las siguientes funciones específicas:
1.Elaborar en forma anual un
Plan de Inspección comunal conprogramas específicos de control, evaluando
periódicamente el cumplimiento de los planes establecidos.
2.Cursar infracciones por incumplimiento
a las Ordenanzas Municipales u otras irregularidades detectadas en la Inspección
y denunciarlasa losJuzgados
de Policía Local correspondientes.
3.Atender las denuncias en
terreno y preparar respuestas a aquellos reclamos recibidos de la comunidad
en materias de competencia municipal.
4.Informar respecto de todas
las irregularidades observadas en la vía pública relativas a trabajos ejecutados
por instituciones públicas o privadas.
5.Efectuar notificaciones de
diversas materias dentro del ámbito municipal.
6.Verificar en terreno el cumplimiento
de requisitos para ejercer una actividad comercial.
7.Coordinar y efectuar fiscalizaciones
en conjunto con Carabineros de Chile u otros Organismos que realicen labores
fiscalizadoras.
8.Fiscalizar el cumplimiento
de las disposiciones que regulan las concesiones y permisos municipales otorgados
en bienes nacionales de uso público.
9.Informar al Alcalde de los
incumplimientos a normas legales y reglamentarias que pudieran dar origen
a la clausura, cierre o demolición de inmuebles de la comuna.
10.Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias
de su competencia e informarlas periódicamente a la SECPLAN.
11.Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras
unidades.
CAPITULO XVII
DIRECCION
DE PROTECCION CIVIL
Artículo
38°: La Dirección
tendrá las siguientes funciones generales:
1.Implementar y ejecutar planes,
programas y proyectos destinados al establecimiento de estrategias comunales
sobre la protección civil.
2.Implementar y ejecutar planes,
programas y proyectos destinados a sensibilizar y socializar el tema de la
discapacidad.
3.Dar cumplimiento a los lineamientos
y estrategias que sobre estas materias emanan del Gobierno Nacional, especialmente
del diagnóstico de la prevención del delito.
4.Realizar otras funciones
que le asigne el Alcalde de conformidad con la legislación vigente.
Artículo 39°: Tendrá las siguientes funciones específicas:
1.Elaborar y mantener actualizado
el diagnostico comunal en materias de Discapacidad, Seguridad y Protección
Civil.
2.Elaborar y mantener actualizado
el Plan Comunal de Seguridad Ciudadana.
3.Velar por la ejecución de
los programas y proyectos sobre materias de seguridad ciudadana y discapacidad,
que emanen de convenios suscritos entre el municipio y otros organismos del
Estado.
4.Efectuar análisis y evaluaciones
permanentes del desarrollo de los planes, programas y proyectos implementados
en la comuna, en materia de Seguridad Ciudadana y Discapacidad.
5.Proponer reglamentos y ordenanzas
que permitan normar el quehacer y el funcionamiento de la
Dirección y sus dependencias en el cumplimiento de sus objetivos.
6.Efectuar estudios y diagnósticos
sobre la situación comunal en estas materias.
7.Proponer respuesta a los
proyectos, observaciones o inquietudes relacionadas con estas materias, que
emanen de la comunidad.
8.Llevar un registro de los
proyectos de inversión comunal en ejecución y por ejecutarse, sobre la materia.
9.Asesorar a las distintas
organizaciones comunitarias e instituciones públicas y privadas en el diseño
y elaboración de proyectos y programas, en el ámbito de la discapacidad.
10.Elaborar y coordinar con
otras instituciones acciones preventivas que digan relación con materias de
protección civil.
11.Llevar estadísticas actualizadas
de todas las materias de su competencia e informarlas periódicamente a la
SECPLAN.
CAPITULO XVIII
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
ARTICULO 40° La Dirección de Recursos Humanos
tendrá las siguientes funciones generales:
1.Proponer las políticas generales de Administración de los Recursos
Humanos de laMunicipalidad.
2.Proponer y aplicar
políticas y procedimientos orientados a la gestión integral de los Recursos
Humanos de la Municipalidad.
3.Proponer y ejecutar
acciones de bienestar para el personal municipal.
4.Administrador
los recursos financieros del Servicio de bienestar
ARTICULO
41°: La
Dirección de Recursos Humanos
tendrá las siguientes funciones específicas:
1.Estudiar, planificar, coordinar y proponer técnicas y procedimientos
que permitan una utilización óptima y eficiente de los recursos humanos de
la Municipalidad.
2.Planificar, coordinar, proponer y evaluar el Plan de Capacitación
dirigidoa los funcionarios municipales.
3.Efectuar la disposición de los recursos humanos necesarios
para el funcionamiento y desarrollo de las tareas municipales.
4.Supervisar el proceso de calificaciones del personal.
5.Supervisar el cumplimiento de los convenios existentes con
Salas Cunas, Jardines Infantiles y otros relacionados con las materias de
la dirección.
6.Proponer acciones de bienestar
para el personal municipal.
7.Cumplir las funciones de Secretaría
Ejecutiva del comité de Bienestar.
8.Realizar otras funciones que el asigne
el Alcalde de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas
que la ley asigna a otras unidades.
La
Direcciónde Recursos Humanos contará con los siguientes departamentos:
A.
1) Departamento de Remuneraciones:
1.Efectuar
el cálculo y pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y otras
obligaciones de los funcionarios de la Municipalidad, manteniendo los registros
correspondientes.
2.Registrar,tramitar
y controlar las fianzas, asignaciones de caja y de movilización.
3.Tramitar las licencias médicasy controlar su reintegro.
4.Certificar las retenciones de impuestos y efectuar las correspondientes
declaraciones anuales de retención.
5.Efectuar controles de asistencia, de permanencia y de ejecución
de horas extraordinarias de los funcionarios municipales.
6.Revisar, calcular e informar las horas extraordinarias realizadas
por el personal municipal.
A.
2) Departamento de Bienestar
1.Asesorar al Comité de Bienestar en
materias de su competencia, manteniendo con dicho Comité una comunicación
permanente.
2.Velar por el cumplimiento del Reglamento del
Servicio de Bienestar de la Il. Municipalidad de Punta Arenas.
3.
Coordinar con otros órganos públicos
y privados, la administración y mantención de un eficiente sistema de bienestar
para el personal municipal.
4.
Promover convenios con empresas
públicas y privadas que faciliten programas de bienestar para el personal
municipal.
5.Organizar programas de bienestar para el personal
y coordinar las prestaciones que correspondan a favor de los funcionarios
municipales.
6.Recepción y revisión solicitud de beneficios.
7.Cálculo,liquidación
y pago de beneficios u otras prestaciones de bienestar que se otorguen a los
funcionarios.
8.Efectuar
conforme a los acuerdos del comité todos los gastos y pagos que deba hacer
el Departamento de Bienestar.
9.Mantener
ficha actualizada de cada afiliado al Bienestar.
10.Mantener un registro de todos los beneficios
pagados a cada socio.
11.
Preparar planillas de descuentos para su envío al Departamento de remuneraciones.
12.Ejecutar los acuerdos adoptados por el comité
de Bienestar.
13.Mantener un sistema administrativo contable
y de control financiero de los recursos administrados.
A. 3)Departamento de
Personal:
1.Tramitarydecretar
feriadoslegales, licencias médicas
y permisos.
2.Tramitar
subrogancias, suplencias, destinaciones, nombramientos, contrataciones, cese
de funciones, renuncias y toda otra materia de similar naturaleza relacionada
con el personal municipal.
3.Mantener registros actualizados del personal municipal y emitir los
certificados que le soliciten.
4.Ejecutar el proceso de calificaciones del personal.
5.Preparar y actualizar el escalafón de méritos de los funcionarios
municipales.
6.Llevar el registro de los sumarios e investigaciones sumarias,
y velar por el cumplimiento de losplazos
de estas actuaciones.
7.Ejecutar las acciones administrativas de los procesos de concurso
público de personal.
8.Tramitar y controlar los beneficios de cargas familiares y
otros de que pudiere gozar el funcionario municipal.
9.Ejecutar el cumplimiento de los convenios existentes con Salas
Cunas, Jardines Infantiles y otros relacionados con las materias del departamento.
10.Tramitar las capacitaciones autorizadas para
el personal municipal.